Preguntas Frecuentes sobre Notificaciones Judiciales Electrónicas

Resolvemos las dudas más comunes sobre nuestro sistema de notificaciones judiciales electrónicas en Colombia. Si no encuentras la respuesta que buscas, no dudes en contactarnos.

📋 Información Importante

Nuestro sistema cumple con toda la normativa legal colombiana vigente y cuenta con la certificación necesaria para garantizar la validez jurídica de las notificaciones electrónicas.

Preguntas sobre Validez Legal

¿Es legal una notificación judicial por correo electrónico en Colombia?

Sí, es completamente legal. Las notificaciones judiciales por correo electrónico están respaldadas por:

  • Ley 527 de 1999: Reconoce la validez jurídica de los mensajes de datos
  • Artículo 291 del Código General del Proceso: Autoriza el uso de correo electrónico para notificaciones judiciales
  • Ley 2213 de 2022: Establece el plazo de surtimiento de notificaciones electrónicas
¿Qué normativa respalda este servicio de notificaciones electrónicas?

Nuestro servicio está respaldado por la siguiente normativa colombiana:

  • Ley 527 de 1999: Sobre mensajes de datos y comercio electrónico
  • Decreto 2364 de 2012: Regula firmas electrónicas
  • Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012): Artículos 291, 244 y 103
  • Ley 2213 de 2022: Justicia Digital
  • Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia: Sentencia STC01025-2020

Preguntas sobre el Sistema de Acuse de Recibo

¿Cómo se certifica que el correo fue recibido por el destinatario?

Nuestro sistema de acuse de recibo digital registra automáticamente:

  • Fecha y hora exacta de envío y recepción
  • Dirección IP del dispositivo del destinatario
  • Geolocalización del punto de acceso
  • Tipo de dispositivo (computadora, móvil, tablet)
  • Navegador web utilizado
  • Sistema operativo del dispositivo

Toda esta información se incluye en un informe legal con valor probatorio.

¿Es obligatorio que el destinatario abra o lea el correo para que sea válida la notificación?

No, no es obligatorio. Según la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia (Sentencia STC01025-2020):

  • Basta con demostrar la entrega exitosa en la dirección electrónica suministrada por el destinatario
  • No es requisito la apertura o lectura del mensaje
  • Se considera válida la notificación con la generación del acuse de recibo
¿Qué valor probatorio tiene el acuse de recibo digital?

Tiene pleno valor probatorio según la normativa colombiana:

  • Ley 527 de 1999: Los acuses de recibo digitales tienen la misma validez que los documentos físicos
  • Artículo 244 del CGP: Reconoce los mensajes electrónicos como prueba documental
  • Integridad garantizada: Mediante hash criptográfico y firma digital

Preguntas sobre Seguridad y Privacidad

¿Cómo se garantiza la seguridad de los datos y la privacidad?

Implementamos las más altas medidas de seguridad:

  • Encriptación de grado bancario para todos los datos
  • Servidores certificados con estándares internacionales
  • Firma digital en cada transacción
  • Hash criptográfico para garantizar integridad
  • Cumplimiento de normativas de protección de datos
¿Los datos del destinatario están protegidos?

Sí, completamente. Protegemos la privacidad de los destinatarios:

  • Solo registramos datos técnicos necesarios para la certificación
  • No almacenamos contenido de los mensajes
  • Acceso restringido solo a personal autorizado
  • Cumplimiento de normativas de protección de datos personales

Preguntas sobre Uso del Sistema

¿Cómo puedo acceder al sistema de notificaciones electrónicas?

El acceso es simple y rápido:

  1. Registro: Crear una cuenta en nuestro sistema
  2. Verificación: Confirmar datos de identificación
  3. Configuración: Establecer parámetros de notificación
  4. Uso: Comenzar a enviar notificaciones certificadas

Nuestro equipo te guiará en todo el proceso de configuración.

¿Qué tipo de documentos puedo notificar electrónicamente?

Puedes notificar electrónicamente:

  • Notificaciones judiciales en procesos civiles y comerciales
  • Citaciones y emplazamientos
  • Resoluciones y autos judiciales
  • Comunicaciones oficiales de entidades públicas
  • Notificaciones administrativas que requieran certificación
¿Cuánto tiempo tarda en generarse el informe de acuse de recibo?

El informe se genera automáticamente una vez que se confirma la entrega:

  • Tiempo real: Monitoreo instantáneo del estado
  • Informe automático: Se genera en PDF inmediatamente
  • Descarga disponible: Desde el panel de control
  • Almacenamiento: Disponible por el tiempo que requieras

Preguntas sobre Costos y Planes

¿Cuáles son los costos del servicio de notificaciones electrónicas?

Ofrecemos planes flexibles adaptados a tus necesidades:

  • Plan básico: Para uso ocasional
  • Plan profesional: Para abogados y despachos
  • Plan institucional: Para juzgados y entidades públicas
  • Pago por uso: Sin costos fijos mensuales

Contáctanos para conocer los precios específicos según tu volumen de uso.

📞 ¿No encontraste tu respuesta?

Nuestro equipo de soporte está disponible para resolver cualquier duda adicional:

← Volver al Inicio